La renuncia de la magistrada Mónica Aralí Soto Fregoso a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) abrió una incógnita sobre quién ocupará su lugar y bajo qué mecanismo deberá realizarse la sustitución.
Soto dejará formalmente el cargo el próximo 31 de agosto, después de casi una década como integrante de la máxima instancia de justicia electoral del país. Su decisión fue anunciada el lunes durante el Encuentro Nacional de Magistraturas Electorales 2026 y posteriormente presentó su renuncia ante el Senado de la República.
La magistrada explicó que tomó la decisión de cerrar un ciclo profesional después de alrededor de 30 años vinculada con la actividad electoral y señaló que también influyeron compromisos personales y familiares.
Soto llegó a la Sala Superior en octubre de 2016, luego de ser designada por el Senado bajo el esquema vigente en ese momento. Entre enero de 2024 y octubre de 2025 ocupó la presidencia del Tribunal Electoral.
¿Quién sustituirá a Mónica Soto?
Por ahora, no existe una persona designada para ocupar la vacante que dejará Soto. El problema radica en que la Constitución actual establece un procedimiento de sustitución pensado para las magistraturas que fueron obtenidas mediante elección popular.
El artículo 98 constitucional señala que, ante la renuncia definitiva de una magistratura electoral, la vacante será ocupada por la persona del mismo género que haya obtenido el segundo lugar en número de votos en la elección correspondiente.
Sin embargo, este mecanismo no puede aplicarse directamente al caso de Soto, debido a que ella llegó al TEPJF mediante una designación del Senado en 2016 y nunca participó en una elección ciudadana para obtener ese cargo.
Por ello, no existe una lista de candidatos ni un segundo lugar en votos que pueda ser utilizado para determinar automáticamente quién debe ocupar su lugar.
Una reforma que no contempló este escenario
El caso adquiere mayor relevancia porque las recientes modificaciones constitucionales ampliaron el periodo de Soto hasta 2028. Su mandato originalmente debía concluir en octubre de 2025, pero la reforma aprobada en septiembre de 2024 extendió su permanencia.
La legislación tampoco estableció de manera expresa qué procedimiento debería seguirse cuando una magistratura bajo este régimen renunciara antes de la siguiente elección judicial.
La próxima elección federal en la que se contemplan cargos judiciales está prevista para 2028, por lo que, de no encontrarse una vía jurídica antes de esa fecha, la Sala Superior podría permanecer con una magistratura menos.
El Senado deberá intervenir
La Constitución establece que las renuncias de las magistraturas del Tribunal Electoral únicamente pueden proceder por causas graves y deben ser aprobadas por el Senado o, durante los periodos de receso, por la Comisión Permanente.
En el caso de Soto, su escrito fue presentado ante la Comisión Permanente, por lo que todavía deberá cumplirse el procedimiento correspondiente para formalizar su salida.
Una vez aprobada la renuncia, permanecerá abierta la interrogante sobre el mecanismo para cubrir la vacante, debido a que la Constitución no contempla expresamente el supuesto de una magistratura designada por el Senado bajo el antiguo sistema.
Una vacante en vísperas de procesos electorales
La salida de Soto ocurre en un momento relevante para el sistema electoral mexicano, pues el TEPJF tendrá que atender controversias relacionadas con los procesos electorales de 2027.
La Sala Superior es responsable de resolver las impugnaciones y controversias en materia electoral a nivel federal, además de garantizar los derechos político-electorales de la ciudadanía.
Por ello, la renuncia de Mónica Soto no sólo representa el cierre de una etapa de su trayectoria profesional, sino que también plantea un problema institucional que deberá ser resuelto por el Poder Legislativo o mediante una interpretación jurídica que permita determinar cómo cubrir la vacante.
Hasta este 18 de agosto de 2026, no existe una sustitución definida, por lo que el caso coloca nuevamente bajo escrutinio las disposiciones constitucionales que regulan la integración del máximo órgano de justicia electoral del país.

